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INFORMACIÓN
SOBRE PAGO
DE PENSIONES
EN EL
EXTERIOR
El Consulado
General de
la República
Bolivariana
de Venezuela
tiene el
gusto de
informar a
los
ciudadanos
venezolanos
y
extranjeros
residentes
en esta
jurisdicción,
que hayan
efectuado el
Censo de
Pensionados
del IVSS,
que hemos
recibido una
comunicación
del
Instituto
Venezolano
de los
Seguros
Sociales (IVSS),
oficio No
273 de fecha
12-03-2008,
suscrito por
el T. Cnel
(Ej.) Carlos
Rotondaro,
Presidente
del IVSS,
sobre el
proyecto
piloto
puesto en
marcha para
hacer
efectivo el
pago de las
pensiones en
el exterior
en forma
directa a
través de
transferencia.
En la
referida
comunicación,
se adjunta
el listado
de
ciudadanos
beneficiarios
de pensiones
del referido
organismo
residenciados
en España,
quienes en
un lapso de
diez u once
días
hábiles,
aproximadamente,
podrán
recibir su
pensión en
forma
directa, vía
transferencia,
a través del
Grupo
Santander,
única
institución
bancaria
que, por
acuerdo con
el referido
Instituto,
será la
receptora y
encargada de
pagar las
pensiones,
sin la
intervención
de
apoderados.
Al respecto,
este mes se
estarían
beneficiando
seiscientos
setenta y
cuatro
personas
(674) y
progresivamente
se incluirán
al resto de
los
pensionados.
Por lo
anteriormente
expuesto, se
recomienda
que, a la
brevedad
posible,
acudan a la
agencia
bancaria del
Grupo
Santander,
(único banco
que recibirá
el dinero
correspondiente
a las
pensiones
del IVSS),
más cercana
a su
residencia
para que
abran su
cuenta
respectiva
en caso de
no poseerla
y les
depositen su
dinero y así
cada
pensionado
pueda llevar
el control
del dinero
depositado
por el IVSS.
Es
importante
recomendar a
los
pensionados
que dicha
cuenta debe
ser
destinada
exclusivamente
para el uso
del cobro de
su dinero
proveniente
del IVSS y
no realizar
con ella
otro tipo de
transacción.
Aquellos
pensionados
que no hayan
manifestado
por escrito
su deseo de
recibir su
pago a
través de la
mencionada
institución
bancaria,
podrán
hacerlo
inmediatamente,
mediante la
apertura de
la cuenta en
el Grupo
Santander y
el envío de
un correo
electrónico
al IVSS, al
correo
electrónico
pensionalexterior@hotmail.com
con la
información
del número
de cuenta y
todos los
datos
concernientes
a la misma.
En el caso
de que los
pensionados
no tengan
acceso al
Internet,
pueden
enviar la
información
a través de
la
respectiva
Oficina
Consular
venezolana
vía fax al
932157144 y
esta Oficina
transmitirá
la
información
a la
Dirección
del IVSS.
En cuanto a
los
pensionados
que recibían
su pago a
través del
Banco
Canarias, se
les
recomienda
abrir de
inmediato
una cuenta
en el
mencionado
Banco del
Grupo
Santander y
proceder de
igual forma
al envío de
la
información
antes
señalada.
Es
importante
informar a
los
pensionados,
que, al
entrar en
vigor este
mecanismo,
el cual es
más expedito
y por ende
beneficiará
a los
pensionados,
sus cuentas
no podrán
permanecer
mas de
ciento
veinte días
(120) sin
ser
movilizadas,
toda vez que
el sistema
del banco
las
bloqueará en
forma
automática y
la reversión
de este
proceso
retardaría
el cobro de
las
pensiones
respectivas.
Es de
señalar que
el único
documento
requerido a
los
pensionados
para
realizar
cualquier
trámite
relacionado
con esta
materia es
la cédula de
identidad
venezolana,
aunque
esté
vencida.
Cuando se
observe que
la firma
autógrafa ha
cambiado, lo
cual ocurre
frecuentemente
con personas
mayores, se
puede anexar
una copia
del DDI, con
su actual
firma, lo
que
corroborará
que se trata
de la misma
persona. En
el caso de
aquellos
pensionados
que se les
haga
imposible
firmar,
bastará con
anexar una
constancia
médica a los
recaudos,
que refleje
su
discapacidad,
la cual
deber ser
avalada por
el
respectivo
funcionario
consular.
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