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El
Consulado General de la Republica
Bolivariana de Venezuela saluda muy
atentamente a los ciudadanos
venezolanos residentes en la
Comunidad de Valencia (Provincias de
Valencia, Castellón y Alicante), a
la par de informarles que el
Ministerio del Poder Popular para
Relaciones Exteriores, ha decidido
incluir como jurisdicción de este
Consulado General a la referida
comunidad autónoma.
Es
por ello que en función de dinamizar
y atender de la manera más idónea
todas las solicitudes de trámites
consulares que demandan nuestros
ciudadanos residentes en las
diversas comunidades autónomas que
atiende el Consulado (Comunidad
Autónoma de Cataluña, Aragón, Islas
Baleares, Principado de Andorra y
Comunidad de Valencia), les
comunicamos que hemos implementado
una serie de herramientas para la
atención al publico las cuales
detallamos a continuación:
1)
Los ciudadanos venezolanos pueden
realizar gran parte de sus
trámites consulares a través de
correo postal e Internet, sin
necesidad de trasladarse
personalmente hasta la sede del
Consulado General. Algunos de
los trámites se pueden hacer
totalmente por correo y otros
parcialmente.
2)
El Consulado General cuenta con una
Página Web
www.consulvenbarcelona.com
mediante la
cual puede conseguir información
sobre todos los trámites que realiza
el Consulado sin necesidad de tener
que presentarse en el Consulado,
incluyendo requisitos, tiempo de
duración del trámite, costo y
procedimiento para la solicitud del
mismo.
2.2
Los trámites que se puede realizar
totalmente por correo postal, sin
necesidad de trasladarse
personalmente hasta la sede del
Consulado General son:
2.3
Con respecto a los trámites que
requieren que el ciudadano se
presente en el Consulado, cabe
destacar que los mismos pueden
iniciarse enviando la
documentación requerida por correo
postal y únicamente
presentándose en el Consulado cuando
le indiquemos para firmar, colocar
huellas y retirar el/los documento/s
requerido/s. Estos trámites son:
·
Pasaportes
(sólo expedición y renovación, ya
que las prorrogas se pueden hacer
totalmente mediante correo postal –
ver procedimiento)
·
Autorización para la Expedición de
Pasaporte para menores
·
Inscripción en el CNE
·
Inscripción en el Registro Militar
·
Autorizaciones de viajes para niños
y adolescentes, dentro del país y
para salir al exterior
·
Registro de Nacimiento
·
Registro de Matrimonio
·
Registro de Defunción
·
Poderes, contratos y otros actos
·
Visas
2.4
La Página Web tiene una sección de
“Preguntas Frecuentes”
http://www.consulvenbarcelona.com/consultas.html
en la cual
podrá aclarar algunas de las
principales dudas que se presentan
antes de solicitar un trámite en el
Consulado.
3)
En el caso de que desee comunicarse
con el Consulado, para realizar
determinada consulta que no pueda
ser resuelta con la información que
suministramos en nuestra Página Web,
le recomendamos envié un correo
electrónico al e – mail
contacto@consulvenbarcelona.com
y la misma le
será respondida a la brevedad
posible por esta misma vía.
4) Si
usted está inscrito previamente en
el Consulado General en Madrid, debe
indicar en su solicitud el número y
fecha de dicha inscripción, ya que
se realizará un traspaso de dichos
registros entre Consulados para que
los ciudadanos no pierdan la
antigüedad de su inscripción. Si no
está inscrito en el Consulado en
Madrid solicite la ficha de
inscripción en el Consulado en
Barcelona.
5) Sin
excepción la documentación
solicitada no se entregará el mismo
día, ya que cada trámite se
realizará y entregará en el lapso
establecido para cada uno de ellos
(ver explicación de cada trámite en
la pagina web)
4)
El Consulado General se encuentra
ubicado en la Calle Provenza,
Nº
278, 3º 2ª. Barcelona 08008.
Horario de atención al público:
De
lunes a viernes
de
9:00 a.m. a 12:00
mediodía.
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