Republica Bolivariana de Venezuela

Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Barcelona

Información sobre el pago de pensiones del IVSS en el exterior

INFORMACIÓN SOBRE PAGO DE PENSIONES EN EL EXTERIOR DEL IVSS Y LISTADOS DE PENSIONADOS CLASIFICADOS PARA RECIBIR LA TRANSFERENCIA POR MES

El Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela tiene el gusto de informar a los ciudadanos venezolanos y extranjeros residentes en esta jurisdicción, que hayan efectuado el Censo de Pensionados del IVSS, que hemos recibido una comunicación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), oficio No 273 de fecha 12-03-2008, suscrito por el T. Cnel (Ej.) Carlos Rotondaro, Presidente del IVSS, sobre el proyecto piloto puesto en marcha para hacer efectivo el pago de las pensiones en el exterior en forma directa a través de transferencia.

En la referida comunicación, se adjunta el listado de ciudadanos beneficiarios de pensiones del referido organismo residenciados en España, quienes podrán recibir su pensión en forma directa, vía transferencia, a través del Banco Santander, única institución bancaria que, por acuerdo con el referido Instituto, será la receptora y encargada de pagar las pensiones, sin la intervención de apoderados.

Por lo anteriormente expuesto, se recomienda que, a la brevedad posible, acudan a la agencia bancaria del Banco Santander, (único banco que recibirá el dinero correspondiente a las pensiones del IVSS), más cercana a su residencia para que abran una cuenta únicamente para el cobro de la pensión el IVSS. Es importante recomendar a los pensionados que dicha cuenta debe ser destinada exclusivamente para el uso del cobro de su dinero proveniente del IVSS y no realizar con ella otro tipo de transacción.

Aquellos pensionados que no hayan manifestado por escrito su deseo de recibir su pago a través de la mencionada institución bancaria, podrán hacerlo inmediatamente, mediante la apertura de la cuenta en el Banco Santander y el envío de un correo electrónico al IVSS, al correo electrónico pensionalexterior@hotmail.com con la información del número de cuenta y todos los datos concernientes a la misma.

En el caso de que los pensionados no tengan acceso al Internet, pueden enviar la información a través de la respectiva Oficina Consular venezolana vía fax al 933014738 y esta Oficina transmitirá la información a la Dirección del IVSS. En cuanto a los pensionados que recibían su pago a través del Banco Canarias, se les recomienda abrir de inmediato una cuenta en el mencionado Banco Santander y proceder de igual forma al envío de la información antes señalada.

Es importante informar a los pensionados, que, al entrar en vigor este mecanismo, el cual es más expedito y por ende beneficiará a los pensionados, sus cuentas en Venezuela no podrán permanecer mas de sesenta días (60) sin ser movilizadas, toda vez que el sistema del banco las bloqueará en forma automática y la reversión de este proceso retardaría el cobro de las pensiones respectivas. Es de señalar que el único documento requerido a los pensionados para realizar cualquier trámite relacionado con esta materia es la cédula de identidad venezolana, aunque esté vencida.

Cuando se observe que la firma autógrafa ha cambiado, lo cual ocurre frecuentemente con personas mayores, se puede anexar una copia de la tarjeta de residencia o del DNI, con su actual firma, lo que corroborará que se trata de la misma persona. En el caso de aquellos pensionados que se les haga imposible firmar, bastará con anexar una constancia médica a los recaudos, que refleje su discapacidad, la cual deber ser avalada por el respectivo funcionario consular.

Asimismo, se notifica a los ciudadanos residentes en la circunscripción, que por instrucciones del IVSS, los trámites relativos al cobro de la pensión a través del "CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE ESPAÑA Y VENEZUELA, se deben realizar directamente en las Oficinas de la Seguridad Social Española.   

Listado de Pensionados clasificados para recibir la transferencia a partir de Abril de 2008.

Listado de Pensionados clasificados para recibir la transferencia a partir de Mayo de 2008.

Listado de Pensionados clasificados para recibir la transferencia a partir de Junio de 2008.

Listado de Pensionados clasificados para recibir la transferencia a partir de Septiembre de 2008.

Listado de Pensionados clasificados para recibir la transferencia a partir de Octubre de 2008.

Listado de Pensionados clasificados para recibir la transferencia a partir de Enero de 2009.

Listado de Pensionados clasificados para recibir la transferencia a partir de Septiembre de 2009.

Listado de Pensionados clasificados para recibir la transferencia a partir de Octubre de 2009.

Listado de Pensionados clasificados para recibir la transferencia a partir de Marzo de 2010.

Listado de Pensionados clasificados para recibir la transferencia a partir de Mayo de 2010.