Se
otorgará a representantes de cualquier
religión, no migrantes, cuando viajen
a Venezuela en actividades de carácter
religioso, diferentes al turismo.
El otorgamiento de la Visa de Transeúnte
Religioso es competencia del Ministerio del
Poder Popular para Relaciones Interiores y
Justicia de Venezuela y por tanto se recomienda
que las delegaciones de las congregaciones
en territorio venezolano gestionen la solicitud
de visado directamente ante la Dirección
General de Cultos dicho Ministerio.
Original
y fotocopia del Pasaporte original con
una vigencia mínima de seis (6)
meses.
Dos
(2) fotos recientes (de frente, a color
y tamaño carnet, fondo blanco).
Certificado de Antecedentes penales
español.
Certificado
Médico oficial.
Permiso
de trabajo y residencia a ciudadanos
no españoles (si es el caso)
Carta
de su congregación en la cual
se formule la solicitud de visa, e indicando
los siguientes datos:
a) Nombres y Apellidos del interesado.
b) Fecha y lugar de nacimiento.
c) Número, fecha de expedición
y de expiración del Pasaporte.
d) Religión ó culto religioso,
fecha de ingreso y tiempo de permanencia.
e) Dirección en Venezuela
f) Cualquier actividad a fin que realice
el (la) interesado (a).
Observaciones
El
Consulado General deberá recibir la
autorización correspondiente por parte
del Ministerio del Poder Popular para Relaciones
Interiores y Justicia de la República
Bolivariana de Venezuela para poder emitir
la visa.
Costo del Trámite: Pago.
Para la renovación y expedición de pasaportes
colocamos un instructivo especial en el apartado de
Pasaportes.