Visa de Transeúnte Religioso

Se otorgará a representantes de cualquier religión, no migrantes, cuando viajen a Venezuela en actividades de carácter religioso, diferentes al turismo.

El otorgamiento de la Visa de Transeúnte Religioso es competencia del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia de Venezuela y por tanto se recomienda que las delegaciones de las congregaciones en territorio venezolano gestionen la solicitud de visado directamente ante la Dirección General de Cultos dicho Ministerio.

Para más datos, hacer click en www.mij.gov.ve

Requisitos exigidos
 
Llenar la Planilla de solicitud de visa (On-line o facilitada por la Oficina Consular) debidamente completada.

Original y fotocopia del Pasaporte original con una vigencia mínima de seis (6) meses.

Dos (2) fotos recientes (de frente, a color y tamaño carnet, fondo blanco).

Certificado de Antecedentes penales español.

Certificado Médico oficial.

Permiso de trabajo y residencia a ciudadanos no españoles (si es el caso)

Carta de su congregación en la cual se formule la solicitud de visa, e indicando los siguientes datos:
a) Nombres y Apellidos del interesado.
b) Fecha y lugar de nacimiento.
c) Número, fecha de expedición y de expiración del Pasaporte.
d) Religión ó culto religioso, fecha de ingreso y tiempo de permanencia.
e) Dirección en Venezuela
f) Cualquier actividad a fin que realice el (la) interesado (a).

Observaciones
 
El Consulado General deberá recibir la autorización correspondiente por parte del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia de la República Bolivariana de Venezuela para poder emitir la visa.

Costo del Trámite: Pago.


   
   

Para la renovación y expedición de pasaportes colocamos un instructivo especial en el apartado de
Pasaportes.

No deje de revisar Preguntas más Frecuentes

Para cualquier duda o consulta sobre su trámite es mucho mas fácil, cómodo y eficiente contactarnos vía correo electrónico

Rellene, en su totalidad, la planilla on-line que corresponde a su trámite.

El Consulado general cumple con varias funciones. Pero también hay otras que no nos corresponden.