Visa de Turismo
Se otorgará a los extranjeros que ingresen al país con fines de recreo o esparcimiento, salud o actividades que no involucren remuneración o lucro.

Visa de tránsito
Se otorgará a aquellos viajeros cuyo itinerario contemple una escala en territorio venezolano, con tiempo máximo de estancia en Venezuela de setenta y dos (72) horas.

Visa de Transeúnte Familiar venezolano
Se otorgará al cónyuge del (la) venezolano (a), siempre que el matrimonio se hubiere celebrado en el extranjero e inscrito ante la Oficina Consular venezolana; a los hijos menores de 18 años no emancipados; a los progenitores y padres políticos, previa comprobación fehaciente del vínculo familiar, de dependencia económica y a solicitud de los interesados.

Visa de Transeúnte de Reingreso
Se otorgará a los ciudadanos que sean solicitados por una empresa venezolana para trabajar dentro del territorio nacional. Es de la competencia del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia , previa conformidad del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social

Visa de Transeúnte de Negocios
Se otorgará a aquellas personas que teniendo la condición de residente, que no hayan permanecido más de dos (2) años consecutivos en el exterior o no hayan adquirido residencia en otro país, siempre que la fecha de vencimiento de tal condición no hubiese excedido treinta (30) días continuos.

Visa de Transeúnte Inversionista
Se otorgará a personas o representantes de empresas, que hayan establecido los contactos (demostrados a través de documentos fehacientes) y cuya inversión haya sido aceptada por los organismos oficiales venezolanos correspondientes.

Visa Transeúnte Familiar
Se otorgará al cónyuge, a los hijos menores de 18 años no emancipados; a los progenitores y padres políticos, previa comprobación fehaciente del vínculo familiar, de dependencia económica y a solicitud de los titulares de los visados de Transeúnte de Negocios, Inversionista, Empresario/ Industrial, Estudiante, Reingreso, Laboral, Rentista y Religioso.

Visa de Transeúnte Estudiante
Se otorgará a personas no migrantes, que deseen ingresar al país para realizar estudios superiores técnicos o universitarios, especialización o, realizar pasantías en su especialidad.

Visa de Transeúnte Rentista
Se otorgará a personas no migrantes, que vivan de sus rentas lícitas ó pensiones (jubilados).

Visa de Transeúnte Religioso
Se otorgará a representantes de cualquier religión, no migrantes, cuando viajen a Venezuela en actividades de carácter religioso, diferentes al turismo.


Será competencia del Ministerio del Interior y Justicia de Venezuela, previa conformidad del Ministerio del Trabajo, la autorización del visado de Transeúnte Laboral. Se exceptúan los artistas, los corresponsales de prensa extranjera y deportistas en actividades lucrativas, cuyos representantes en Venezuela deberán obtener solamente autorización del Ministerio del Interior y Justicia, el cual establecerá las condiciones del visado y el término de permanencia.

 
   

Para la renovación y expedición de pasaportes colocamos un instructivo especial en el apartado de
Pasaportes.

No deje de revisar Preguntas más Frecuentes

Para cualquier duda o consulta sobre su trámite es mucho mas fácil, cómodo y eficiente contactarnos vía correo electrónico

Rellene, en su totalidad, la planilla on-line que corresponde a su trámite.

El Consulado general cumple con varias funciones. Pero también hay otras que no nos corresponden.