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Visa
de Turismo
Se
otorgará a los extranjeros que ingresen al
país con fines de recreo o esparcimiento, salud
o actividades que no involucren remuneración
o lucro.
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Visa
de tránsito
Se
otorgará a aquellos viajeros cuyo itinerario
contemple una escala en territorio venezolano, con
tiempo máximo de estancia en Venezuela de
setenta y dos (72) horas.
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Visa
de Transeúnte Familiar venezolano
Se
otorgará al cónyuge del (la) venezolano
(a), siempre que el matrimonio se hubiere celebrado
en el extranjero e inscrito ante la Oficina Consular
venezolana; a los hijos menores de 18 años
no emancipados; a los progenitores y padres políticos,
previa comprobación fehaciente del vínculo
familiar, de dependencia económica y a solicitud
de los interesados.
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Visa
de Transeúnte de Reingreso
Se
otorgará a los ciudadanos que sean solicitados
por una empresa venezolana para trabajar dentro
del territorio nacional. Es de la competencia del
Ministerio del Poder Popular para las Relaciones
Interiores y Justicia , previa conformidad del Ministerio
del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social
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Visa
de Transeúnte de Negocios
Se
otorgará a aquellas personas que teniendo
la condición de residente, que no hayan permanecido
más de dos (2) años consecutivos en
el exterior o no hayan adquirido residencia en otro
país, siempre que la fecha de vencimiento
de tal condición no hubiese excedido treinta
(30) días continuos.
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Visa
de Transeúnte Inversionista
Se
otorgará a personas o representantes de empresas,
que hayan establecido los contactos (demostrados
a través de documentos fehacientes) y cuya
inversión haya sido aceptada por los organismos
oficiales venezolanos correspondientes.
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Visa
Transeúnte Familiar
Se
otorgará al cónyuge, a los hijos menores
de 18 años no emancipados; a los progenitores
y padres políticos, previa comprobación
fehaciente del vínculo familiar, de dependencia
económica y a solicitud de los titulares
de los visados de Transeúnte de Negocios,
Inversionista, Empresario/ Industrial, Estudiante,
Reingreso, Laboral, Rentista y Religioso.
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Visa
de Transeúnte Estudiante
Se
otorgará a personas no migrantes, que deseen
ingresar al país para realizar estudios superiores
técnicos o universitarios, especialización
o, realizar pasantías en su especialidad.
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Visa
de Transeúnte Religioso
Se
otorgará a representantes de cualquier religión,
no migrantes, cuando viajen a Venezuela en actividades
de carácter religioso, diferentes al turismo.
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Será competencia del Ministerio del Interior y
Justicia de Venezuela, previa conformidad del
Ministerio del Trabajo, la autorización del
visado de Transeúnte Laboral. Se exceptúan los
artistas, los corresponsales de prensa
extranjera y deportistas en actividades
lucrativas, cuyos representantes en Venezuela
deberán obtener solamente autorización del
Ministerio del Interior y Justicia, el cual
establecerá las condiciones del visado y el
término de permanencia.
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