

Algunos de los asuntos que NO se pueden tramitar en el Consulado son:
* Legalizar o apostillar documentos venezolanos para ser presentado ante las autoridades españolas.
* Legalización de documentos civiles o de estudio españoles.
* Hacer copia certificadas de documentos venezolanos, excepto nacimientos, matrimonios y defunciones registradas en el Consulado.
* Actualizar o extender la vigencia de un documento venezolano que ha caducado.
* Expedir constancias relativas al estado civil.
* Expedir constancias relativas a los antecedentes penales o buena conducta.
* Expedir constancias de residencia en Venezuela.
* Sellar documentos privados (excepto facturas para Seguros Médicos Venezolanos).
* Expedir documentos a una persona totalmente indocumentada.
* Utilizar el Consulado para realizar trámites personales ante las autoridades españolas o las líneas aéreas.
* Tramitar Fe de Vida sin la presencia del interesado, solo es posible si se adjunta el documento de Fe de Vida emitido por la autoridad civil más cercana a su localidad.
* Dar ayudas económicas y/o repatriar.
* Sugerir o recomendar profesionales.
* Colocar en sus oficinas propaganda.
* Asumir el pago de los gastos derivados de tratamientos médicos, traslado de cadáveres y situaciones de pérdida o sustracción de dinero.
* Interferir en procesos judiciales y decisiones de inadmisión.