Republica Bolivariana de Venezuela

Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Barcelona

¿Los venezolanos residenciados en el exterior, podemos ejercer el derecho al voto?

Si. Según el Artículo 99 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, del 13 de diciembre de 1997, los venezolanos residenciados en el exterior deberán actualizar su inscripción en la sede de la representación diplomática o consular con Jurisdicción en el lugar de su residencia y ejercerán su derecho al voto en esas mismas representaciones.
Para ello es necesario tener la cedula de identidad venezolana en original (aunque este vencida). Adicionalmente debe presentar el numero de su pasaporte y la fecha de vencimiento del mismo.