ASUNTOS
QUE USTED PUEDE TRAMITAR EN EL CONSULADO GENERAL DE
LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN BARCELONA
(Sólo para ciudadanos venezolanos o extranjeros
residenciados en Catalunya Aragón y Baleares)
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Actuaciones
consulares pagas |
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Visa
para ingresar a Venezuela (ver tabla de nacionalidades
que no requieren visa para ingresar a Venezuela
por 90 días).
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Pasaportes
venezolanos (bien por reposición o por
primera vez).
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Legalización de Certificados
comerciales (origen, sanidad vegeta/animal, fitosanitario,
análisis, libre venta, calidad, apto para
el consumo, envejecimiento)
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Certificado
para transportar enseres a Venezuela.
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Certificado
para transportar mascotas a Venezuela.
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Certificado
para transportar automovil a Venezuela.
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Registro
y firma de de poderes generales (queda registrado
en Libro de Poderes del Consulado).
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Registro
y firma de poderes especiales (queda registrado
en Libro de Poderes del Consulado).
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Constancia
de estar inscrito en el Registro Consular.
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Constancia
en la cual se indica el artículo 32 de
la Constitución Nacional, relativo a los
venezolanos y venezolanas por nacimiento. |
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Actuaciones
consulares gratuitas
(Todas las actuaciones relacionadas con menores de edad,
son gratuitas) |
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Solicitar
Fe de Vida.
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Autorización
para tramitar pasaporte de menores que están
en Venezuela.
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Autorización
para viaje de menores dentro y desde Venezuela.
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Documento
que indica las formalidades legales que deben
preceder el matrimonio, según el Código
Civil vigente en Venezuela.
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Inserción
de nacimientos en el Registro Civil de Venezuela.
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Inserción
de defunciones en el Registro Civil de Venezuela.
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Inserción
y legalización de matrimonio en el Registro
Civil de Venezuela.
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Inscripción
en el Consejo Nacional Electoral
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Inscripción
Militar
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Constancias
de estudio para CADIVI
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Constancia
de ser pensionado para CADIVI
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Constancia
de cónyuge o concubina para CADIVI.
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Sellar
facturas e informes médicos a los fines
del Seguro Médico venezolano.
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Tramitar
la identificación de persona indocumentada
(por pérdida, sustracción o robo
de sus documentos de identidad), mediante la toma
de sus huellas digitales y su remisión
a las autoridades venezolanas pertinentes.
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ASUNTOS
QUE NO SE PUEDEN TRAMITAR EN EL CONSULADO |
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Legalizar
o apostillar documentos venezolanos para ser presentado
ante las autoridades españolas.
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Legalización de documentos civiles o de estudio
españoles.
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Hacer
copia certificadas de documentos venezolanos,
excepto nacimientos, matrimonios y defunciones
registradas en el Consulado.
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Actualizar
o extender la vigencia de un documento venezolano
que ha caducado.
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Expedir
constancias relativas al estado civil.
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Expedir
constancias relativas a los antecedentes penales
o buena conducta.
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Expedir
constancias de residencia en Venezuela.
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Sellar
documentos privados (excepto facturas para Seguros
Médicos Venezolanos).
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Expedir
documentos a una persona totalmente indocumentada.
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Utilizar
el Consulado para realizar trámites personales
ante las autoridades españolas o las líneas
aéreas.
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Tramitar
Fe de Vida sin la presencia del interesado, solo
es posible si se adjunta el documento de Fe de
Vida emitido por la autoridad civil más
cercana a su localidad.
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Dar
ayudas económicas y/o repatriar.
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Sugerir
o recomendar profesionales.
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Colocar
en sus oficinas propaganda.
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Asumir
el pago de los gastos derivados de tratamientos
médicos, traslado de cadáveres y
situaciones de pérdida o sustracción
de dinero.
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Interferir
en procesos judiciales y decisiones de inadmisión. |
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| Todos
los documentos venezolanos, que deban ser presentados
ante las autoridades civiles, eclesiásticas o
académicas españolas, deben ser apostillados
en el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República
Bolivariana de Venezuela para que tengan carácter
legal ante las mencionadas autoridades: (documentos
de identidad, estudios, estado civil, residencia, buena
conducta, antecedentes penales, profesionales, etc.)
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