

El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) realiza un Censo con carácter obligatorio para todos los pensionados .Este es un requisito indispensable para recibir y/o continuar recibiendo la pensión. Este Censo incluye a los pensionados que dejaron de cobrar en un determinado momento y también a los que están cobrando por intermedio de un apoderado, ya sea, un particular o una Entidad Bancaria.
Aclaración: El pensionado ya debe cobrar en un banco en Venezuela para solictar el traslado a españa. El censo no es para ciudadanos que no tienen aún la pensión.
El tiempo de realización del trámite depende únicamente de las autoridades del Seguro Social en Venezuela, siendo normalmente de 4 ó 5 meses como mínimo. El Consulado envía las planillas por valija diplomática mensualmente. A partir de ese momento, este Consulado no recibe ninguna notificación por parte del Seguro Social sobre cada caso, ya que únicamente hacemos la función de enviar la documentación del Censo de Pensionados en el Exterior al IVSS.
Gratuito
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Operativo enero 2013 Fe de vida
Información para todos los pensionados residentes en nuestra Jurisdicción que cobran o han solicitado cobrar su pensión del IVSS a través del Banco Santander.
El Pensionado debe enviar una vez al año, en el mes de Enero, lo siguiente (por duplicado y en tamaño de hoja A4):
La documentación que se reciba con posterioridad al 25 de enero de 2013, será devuelta al pensionista para que la envíe directamente al IVSS, a través de servicio de mensajería privado o la entregue personalmente en Venezuela.
Dirección:
Instituto Venezolano de los Seguros Sociales
Dirección de Prestaciones en Dinero - Pensión al Exterior
Av. Francisco Javier Ustáriz
Conjunto Residencial San Bernardino, PB
Caracas 1010 - Venezuela