Republica Bolivariana de Venezuela

Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Barcelona

Censo de Pensionados

El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) realiza un Censo con carácter obligatorio para todos los pensionados residenciados en el exterior, que ya cobran pensión de vejez, sobreviviente, invalidez o incapacidad, con la finalidad de actualizar sus datos. Este es un requisito indispensable para recibir y/o continuar recibiendo la pensión. Este Censo incluye a los pensionados que dejaron de cobrar en un determinado momento y también a los que están cobrando por intermedio de un apoderado, ya sea, un particular o una Entidad Bancaria.

Requisitos exigidos: 
  • Rellenar la Planilla “CENSO DE PENSIONADOS – PENSIÓN AL EXTERIOR”.
  • Rellenar la Planilla “CARTA DE COMPROMISO”.
  • Rellenar la Planilla "REGISTRO CONSULAR" (Si conoce su nº y fecha de inscripción colóquelo si no es así deje este espacio en blanco, en caso de no estar inscrito y tiene nacionalidad venezolana, diríjase al apartado Inscripción consular)
  • Presentar Original y Copia de su Cédula de Identidad (Sin recortar la fotocopia).
  • Presentar Original y Copia de su Documento Nacional de Identidad español o Tarjeta de Residencia (Sin recortar la fotocopia).
  • Presentar una Fe de Vida (ésta puede ser solicitada en nuestras oficinas, diríjase al apartado Fe de Vida para mayor explicación).
  • Si usted percibe una Pensión de Sobreviviente: se requiere copia de la Cédula de Identidad del causante (Sin recortar la fotocopia de la Cédula del/la fallecido/a).
  • Presentar copia del poder que le otorgó al apoderado o a la entidad financiera (si es su caso)
  • Presentar copia de la Cédula de Identidad del Apoderado (si fuera el caso, sin recortar la fotocopia).
  • Preparar una carta en la que señale que usted revoca el poder que le ha otorgado al apoderado o a la entidad financiera para que cobre su pensión (si fuese el caso).
  • Planilla emitida por el Banco de Santander con los datos de la cuenta abierta, que ha de ser uninominal, únicamente para cobro de pensión del Seguro Social de Venezuela, indicando nombres y apellidos del pensionado, número de cuenta y número de IBAN.
  • Fotocopia de la libreta donde deposita el IVSS en Venezuela. 
Duración: 

El tiempo de realización del trámite depende unicamente de las autoridades del Seguro Social en Venezuela, siendo normalmente de 4 ó 5 meses como mínimo. El Consulado envía las planillas por valija diplomática mensualmente. A partir de ese momento, este Consulado no recibe ninguna notificación por parte del Seguro Social sobre cada caso, a excepción de las listas de los pensionados que ya han sido clasificados para cobrar a través del Banco de Santander (para ver listas pinche aqui), ya que únicamente hacemos la función de enviar la documentación del Censo de Pensionados en el Exterior al IVSS.

Importe: 

Gratuito

Importante! : 

INFORMACION PARA TODOS LOS PENSIONADOS RESIDENTES EN CATALUÑA, ARAGON, BALEARES Y COMUNIDAD VALENCIANA QUE COBRAN O HAN SOLICITADO COBRAR SU PENSION A TRAVES DEL BANCO DE SANTANDER. 

El Pensionado debe enviar una vez al año, en el mes de Enero, lo siguiente:

- Fe de vida en original y vigente.

- Comprobante emitido por el Banco Santander, con sello húmedo y firma autorizada que refleje número de cuenta y número de IBAN, los datos del pensionado (nombres y apellidos, lugar, fecha y monto pagado mensualmente, con la firma del pensionado y huella dactilar donde indique haber recibido conforme).

- Comprobantes de pagos correspondientes a los meses comprendidos entre enero y diciembre del año anterior.

- Fotocopia legible de la Cédula de Identidad Venezolana (Sin recortar la fotocopia).

- Fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad español (DNI) o Tarjeta de Residencia (Sin recortar la fotocopia).

- Actualizar datos personales: dirección, teléfono y correo electrónico.

 

Esta documentación puede ser entregada en este Consulado, exclusivamente entre los días 4 al 25 de enero de 2010, para ser remitida a través de la valija consular. En este caso, deberán de traer todos los requisitos por duplicado. 

La documentación que se reciba con posterioridad al 25 de enero de 2010, será devuelta al pensionista para que la envíe directamente al IVSS, a través de servicio de mensajería privado o la entregue personalmente en Venezuela:

 

Dirección: Instituto Venezolano de los Seguros Sociales Dirección de Prestaciones en Dinero – Pensión al Exterior - Atención: Lic. Carmen Arboleda - Centro Simón Bolívar, Torre Norte, Piso 7, Caracas 1010 (Venezuela) Tel. 0058.212.482.61.64 - pensionalexterior@hotmail.com