

El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) realiza un Censo con carácter obligatorio para todos los pensionados residenciados en el exterior, que ya cobran pensión de vejez, sobreviviente, invalidez o incapacidad, con la finalidad de actualizar sus datos. Este es un requisito indispensable para recibir y/o continuar recibiendo la pensión. Este Censo incluye a los pensionados que dejaron de cobrar en un determinado momento y también a los que están cobrando por intermedio de un apoderado, ya sea, un particular o una Entidad Bancaria.
El tiempo de realización del trámite depende unicamente de las autoridades del Seguro Social en Venezuela, siendo normalmente de 4 ó 5 meses como mínimo. El Consulado envía las planillas por valija diplomática mensualmente. A partir de ese momento, este Consulado no recibe ninguna notificación por parte del Seguro Social sobre cada caso, a excepción de las listas de los pensionados que ya han sido clasificados para cobrar a través del Banco de Santander (para ver listas pinche aqui), ya que únicamente hacemos la función de enviar la documentación del Censo de Pensionados en el Exterior al IVSS.
Gratuito
INFORMACION PARA TODOS LOS PENSIONADOS RESIDENTES EN CATALUÑA, ARAGON, BALEARES Y COMUNIDAD VALENCIANA QUE COBRAN O HAN SOLICITADO COBRAR SU PENSION A TRAVES DEL BANCO DE SANTANDER.
El Pensionado debe enviar una vez al año, en el mes de Enero, lo siguiente:
- Fe de vida en original y vigente.
- Comprobante emitido por el Banco Santander, con sello húmedo y firma autorizada que refleje número de cuenta y número de IBAN, los datos del pensionado (nombres y apellidos, lugar, fecha y monto pagado mensualmente, con la firma del pensionado y huella dactilar donde indique haber recibido conforme).
- Comprobantes de pagos correspondientes a los meses comprendidos entre enero y diciembre del año anterior.
- Fotocopia legible de la Cédula de Identidad Venezolana (Sin recortar la fotocopia).
- Fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad español (DNI) o Tarjeta de Residencia (Sin recortar la fotocopia).
- Actualizar datos personales: dirección, teléfono y correo electrónico.
Esta documentación puede ser entregada en este Consulado, exclusivamente entre los días 4 al 25 de enero de 2010, para ser remitida a través de la valija consular. En este caso, deberán de traer todos los requisitos por duplicado.
La documentación que se reciba con posterioridad al 25 de enero de 2010, será devuelta al pensionista para que la envíe directamente al IVSS, a través de servicio de mensajería privado o la entregue personalmente en Venezuela:
Dirección: Instituto Venezolano de los Seguros Sociales Dirección de Prestaciones en Dinero – Pensión al Exterior - Atención: Lic. Carmen Arboleda - Centro Simón Bolívar, Torre Norte, Piso 7, Caracas 1010 (Venezuela) Tel. 0058.212.482.61.64 - pensionalexterior@hotmail.com