

El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) realiza un Censo con carácter obligatorio para todos los pensionados .Este es un requisito indispensable para recibir y/o continuar recibiendo la pensión. Este Censo incluye a los pensionados que dejaron de cobrar en un determinado momento y también a los que están cobrando por intermedio de un apoderado, ya sea, un particular o una Entidad Bancaria.
El tiempo de realización del trámite depende únicamente de las autoridades del Seguro Social en Venezuela, siendo normalmente de 4 ó 5 meses como mínimo. El Consulado envía las planillas por valija diplomática mensualmente. A partir de ese momento, este Consulado no recibe ninguna notificación por parte del Seguro Social sobre cada caso, ya que únicamente hacemos la función de enviar la documentación del Censo de Pensionados en el Exterior al IVSS.
Gratuito
Operativo enero 2012 Fe de vida
Información para todos los pensionados residentes en nuestra Jurisdicción que cobran o han solicitado cobrar su pensión del IVSS a través del Banco Santander.
El Pensionado debe enviar una vez al año, en el mes de Enero, lo siguiente (por duplicado y en tamaño de hoja A4):
La documentación que se reciba con posterioridad al 23 de enero de 2012, será devuelta al pensionista para que la envíe directamente al IVSS, a través de servicio de mensajería privado o la entregue personalmente en Venezuela:
Dirección: Instituto Venezolano de los Seguros Sociales Dirección de Prestaciones en Dinero – Pensión al Exterior - Atención: Lic. Nelly Lobo - Centro Simón Bolívar, Torre Norte, Piso 7, Caracas 1010 (Venezuela) Tel. 0058.212.482.61.64 - pensionalexterior@hotmail.com