

De acuerdo al artículo 1684 del Código Civil Venezolano, un poder es un documento legal donde consta un Mandato o contrato por el cual una persona se obliga gratuitamente o mediante salario a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otra, que le han encargado de ello. Un poder puede ser Especial para un negocio o para ciertos negocios solamente o General para todos los negocios del mandante, en éste último caso no corresponde mas que a actos de administración. El PODER ESPECIAL se otorga sólo para actos legales específicos (venta de un inmueble, cobro de una herencia, etc.). El PODER GENERAL es un documento que autoriza al que lo recibe (apoderado) realizar cualquier gestión legal por el otorgante (poderdante).
El trámite se efectúa en un lapso mínimo de una (1) semana y es necesaria la presencia de los interesados.
Poder General €262,50. Poder Especial €87,50.
Se recuerda la necesidad de revocar el poder una vez haya cumplido su función.