

Inscripción de nacimiento, en el Registro Civil venezolano, de menores nacidos en Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Comunidad Valenciana, hijos de ciudadanos venezolanos.
Los interesados deberán enviar la documentación completa y formularios al Consulado por correo postal. El Consulado contactará con los interesados para la firma. La firma de uno o ambos progenitores dependerá de cada caso. No es necesaria la presencia del menor.
Gratuito
Si usted desea una copia certificada extra de la Partida de Nacimiento venezolana inserta en el Libro de Registros de Consulven-Barcelona deberá: solicitarla por escrito.
Alternativamente, el interesado puede legalizar las actas civiles emanadas de los Registros Civiles locales a través de la “Apostilla de La Haya” que en estos casos se tramita sin coste en el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma que corresponda, sin costo alguno.
En el caso de los (as) niños (as) o adolescentes mayores de nueve (9) años que no hayan sido inscritos oportunamente en el Registro del Estado Civil, se realizará una Inscripción Extemporánea, según lo dispuesto en el Artículo 6º de la Decisión del 20 de julio de 2000 dictada por el Consejo Nacional de los Derechos del Niño y del Adolescente, en concordancia con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA). Los requisitos serán los mismos señalados con anterioridad.