

Se otorgará al cónyuge, a los hijos menores de 18 años no emancipados; a los progenitores y padres políticos, previa comprobación fehaciente del vínculo familiar, de dependencia económica y a solicitud de los titulares de los visados de Transeúnte de Negocios, Inversionista, Empresario/ Industrial, Estudiante, Reingreso, Laboral, Rentista y Religioso.
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